Se introduce en los Estatutos el 11 de octubre de 2005 para regular y asegurar que la información que se suministrada a los compradores e inquilinos de las propiedades en Andalucía es completa y correcta, con la responsabilidad que depende del agente inmobiliario o de alquiler correspondiente.
El Decreto 218 muestra todos los detalles de la propiedad y en el caso de inmuebles en venta, informar si hay una hipoteca o extensiones en la propiedad que no se han agregado en la Escritura de Compraventa, como por ejemplo, piscina, garaje, habitaciones extras, etc., y por lo tanto no aparecen en los datos del Registro (nota simple).